¿Qué es?
La Secretaría solo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos cuyo contenido se establecerá en el Reglamento, es decir el ETJ es un estudio en el cual se debe demostrar que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, la capacidad de almacenamiento de carbono, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal.
Campo de aplicación
El Estudio Técnico Justificativo, es el documento que el interesado debe presentar junto con la solicitud de autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales ante la autoridad competente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Dicho estudio se ciñe a la presentación de información técnica de campo, así como de gabinete obtenida a través de consultas en fuentes académicas y de investigación debidamente reconocidas, con la finalidad de obtener la evidencia suficiente para demostrar la viabilidad de llevar a cabo la remoción de la vegetación en un terreno forestal y por ende demostrar la excepción de la autorización, en los términos que establece el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Objetivo
Obtener datos e información específica para demostrar, mediante el análisis y discusión de resultados que la autorización del CUSTF puede ser viable. • Orientar a los interesados en la elaboración de los Estudios Técnicos Justificativos, mediante el establecimiento de los criterios y especificaciones mínimas que debe contener cada uno de los apartados del estudio, que permita dar cumplimiento al artículo 117 de la LGDFS